Mantenimiento preventivo bimestral en transporte especial: requisitos del Decreto 1048 de 2026
Respuesta breve: Las empresas de transporte especial deben garantizar, como mínimo cada dos meses, mantenimiento preventivo en un centro especializado para cada vehículo vinculado que se encuentre en servicio. Una revisión o diagnóstico no basta: debe existir una intervención mecánica verificable y quedar soportada en la ficha del vehículo.
El Decreto 1048 de 2026 fortaleció el control del mantenimiento para las empresas de transporte terrestre automotor especial. La obligación ya no debe tratarse como un recordatorio genérico ni confundirse con la inspección preoperacional: requiere ejecución, evidencia y trazabilidad por vehículo.
Última actualización: 21 de agosto de 2026.
¿Qué exige el Decreto 1048 de 2026?
El artículo 21 modifica el artículo 2.2.1.6.8.13 del Decreto 1079 de 2015 y establece tres elementos centrales:
- La empresa debe garantizar mantenimiento preventivo, como mínimo, cada dos meses.
- Debe realizarse en un centro especializado para cada vehículo vinculado que se encuentre en servicio.
- El mantenimiento preventivo debe implicar una intervención mecánica. Las revisiones no se consideran mantenimiento.
Los mantenimientos correctivos continúan siendo necesarios cuando la condición del vehículo lo requiera, pero no sustituyen el ciclo preventivo obligatorio.
Puede consultar el contexto completo en nuestro análisis del Decreto 1048 de 2026 y descargar el texto del decreto.
¿A cuáles vehículos se aplica?
La obligación se refiere a cada vehículo vinculado que se encuentre en servicio. Por eso, el control debe asociarse al vehículo concreto y no limitarse a una programación general de la flota.
La empresa necesita poder identificar qué vehículo fue intervenido, cuándo ocurrió, cuál era su kilometraje y cuándo corresponde la siguiente ejecución. Si el vehículo deja de estar en servicio, esa condición también debería quedar documentada para explicar su estado durante una verificación.
Revisión e intervención mecánica no son lo mismo
Una revisión determina el estado de un componente o identifica una posible falla. El mantenimiento supone ejecutar una acción sobre el vehículo: ajustar, cambiar, lubricar, corregir o intervenir uno o varios sistemas.
Por ejemplo, inspeccionar el desgaste de las pastillas de freno es una revisión. Sustituirlas, ajustarlas o realizar la intervención técnica correspondiente sí constituye un trabajo de mantenimiento.
Por eso, una evidencia que diga únicamente “vehículo revisado” puede resultar insuficiente. El soporte debería describir claramente qué trabajo se realizó.
Información mínima de la ficha por vehículo
Para que el registro sea verificable, la ficha debe relacionar los siguientes datos:
| Requisito | Registro esperado en AriOS |
|---|---|
| Fecha | Día de ejecución del mantenimiento |
| Trabajo realizado | Descripción concreta de la intervención mecánica |
| Taller | Centro especializado que realizó el trabajo |
| Kilometraje | Lectura del odómetro al momento de la intervención |
| Evidencia | Factura, orden de trabajo, certificado, fotografía u otro soporte |
| Responsable | Nombre e identificación de quien responde por el registro |
| Próxima fecha | Fecha límite calculada para el siguiente mantenimiento |
Además del mínimo normativo, resulta útil conservar observaciones, componentes intervenidos, repuestos y costos cuando estén disponibles.
¿Cómo contar los dos meses?
La próxima fecha debe calcularse desde la fecha real de ejecución del mantenimiento y no desde la fecha en que se cargó la factura o se creó el registro en el sistema.
Si una empresa realiza el mantenimiento antes del vencimiento, el nuevo ciclo debe quedar soportado por esa ejecución. Esta regla evita que una carga tardía o una edición manual alteren silenciosamente el periodo de cumplimiento.
Cómo lo controla AriOS
AriOS separa los mantenimientos generales de aquellos registrados como mantenimiento preventivo bimestral obligatorio. Cuando el usuario selecciona esta condición, el sistema solicita:
- Fecha de ejecución.
- Kilometraje.
- Centro especializado.
- Responsable e identificación.
- Trabajo o intervención mecánica realizada.
- Evidencia.
La próxima fecha se calcula automáticamente a dos meses y el estado del vehículo puede consultarse como vigente, próximo a vencer, vencido o sin soporte. El evento también queda disponible en la hoja de vida imprimible del vehículo.
Este control complementa las programaciones habituales por días o kilometraje. No reemplaza las decisiones técnicas del taller ni la responsabilidad de la empresa sobre la condición mecánica de su flota.
Lista de verificación para la empresa
Antes de cerrar cada mantenimiento bimestral, conviene comprobar:
- Que el vehículo estaba correctamente identificado.
- Que la fecha corresponde a la ejecución y no solamente a la factura.
- Que se describió la intervención mecánica.
- Que el taller o centro especializado quedó registrado.
- Que el kilometraje coincide con el odómetro del vehículo.
- Que existe evidencia legible y relacionada con el trabajo.
- Que se identificó al responsable.
- Que la próxima fecha quedó programada.
Relación con el PESV y la hoja de vida
El mantenimiento preventivo es una acción de gestión del riesgo vial. Conservarlo junto con inspecciones, novedades y documentos ayuda a demostrar que la empresa no solo detecta condiciones inseguras, sino que actúa sobre ellas.
AriOS conecta estos registros con la hoja de vida del vehículo y con el módulo PESV, facilitando su consulta y preparación para auditorías.
Alcance de esta guía
Este contenido es informativo y se basa en el Decreto 1048 de 2026 suministrado para el análisis. No reemplaza la asesoría jurídica ni el concepto técnico del responsable de mantenimiento o del centro especializado.
Solicitar una demostración del control de mantenimiento bimestral de AriOS.
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